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JURIDICO
GDF, hace entrega de vales de Uniformes y Útiles Escolares Imprimir E-Mail
Mayo  12,  2010

Nota Informativa


GDF HACE ENTREGA DE VALES PARA UNIFORMES Y ÚTILES ESCOLARES

El Gobierno del Distrito Federal a través del  secretario de Desarrollo Social, Martí Guadarrama, hizo la entrega  en las instalaciones de Expo Reforma, de los vales para uniformes y útiles escolares, para un millón 2200 mil alumnos de casi cinco mil escuelas públicas de preescolar, primaria y secundaria, los cuales podrán canjearse en comercios.

En representación del Jefe de Gobierno agradeció a los comerciantes en apoyar al gobierno capitalino, y por lo que hace a los  representantes de la Cámara Nacional de Comercio a Armando Álvarez y Ricardo Islas Mondragón, valoraron la apertura del gobierno del distrito federal en concentrar esta oportunidad.  



Lic. Sandra Yarely Aguirre Marcelo


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CANACO, firma con SECTUR Programa de Cultura y Calid. Turística Imprimir E-Mail
Mayo  13,  2010

Nota Informativa

CANACO FIRMA CON LA SECTUR
PROGRAMA DE CULTURA Y CALIDAD TURÍSTICA DE
LA CIUDAD DE MÉXICO

El secretario de Turismo, Alejandro Rojas Díaz Durán, presentó en las instalaciones de la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo, el Programa de Cultura y Calidad Turística, el cual tiene como objeto mejorar la calidad de los servicios para ser el primer destino a nivel nacional con el mayor nivel de capacitación turística.

Con el objeto de capacitar a prestadores de servicios turísticos, el secretario planteó la necesidad de coordinación intersectorial con cámaras, asociaciones, sindicatos, instituciones educativas y organizaciones vinculadas directa e indirectamente con la actividad turística en la Ciudad de México y con dependencias de los gobiernos federal, estatal y delegaciones, vinculadas con el desarrollo turístico en el Distrito Federal.

En la firma del mismo se encontraban representantes de la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de México, de la Asociación de Hoteles de la Ciudad de México, la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados y de la Asociación Mexicana de Agencias de Viajes de la Ciudad de México.


Lic. Sandra Yarely Aguirre Marcelo

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Obligaciones Fiscales para el mes de Mayo Imprimir E-Mail

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ANTE EL FISCO PARA EL MES DE MAYO DE 2010

Impuestos Federales:

Pagos Provisionales Mensuales; 

Lunes 17.- Vence el plazo para que los contribuyentes, personas físicas y personas morales, efectúen sus pagos provisionales correspondientes al mes de abril de 2010, de las siguientes contribuciones federales;

- Impuesto Sobre la Renta.                                                   - Impuesto al Valor Agregado.
- Retención por salarios y 10% por honorarios.                   - Impuesto Especial a Tasa Unica.

Aquellos contribuyentes, que de conformidad con las disposiciones fiscales, deban presentar declaraciones provisionales de impuestos federales a más tardar el día 17 del mes siguiente al período a que corresponda la declaración, pueden presentarlas conforme al sexto dígito numérico de su Registro Federal de Contribuyentes, según se explica a continuación:

    Sexto Dígito                                 Fecha Límite
      Numérico                                       de pago

1 y 2

Día 17 más un día hábil

3 y 4

Día 17 más dos días hábiles

5 y 6

Día 17 más tres días hábiles

7 y 8

Día 17 más cuatro días hábiles

9 y 0

Día 17 más cinco días hábiles

                       
Es importante mencionar que lo anterior no aplica a las sociedades controladoras y controladas, personas morales grandes contribuyentes, ni a aquellos obligados a dictaminar sus estados financieros.
 
Seguro Social, INFONAVIT.

Lunes 17.- Es el último día para presentar la declaración de las cuotas obrero-patronales ante el Seguro Social y entero del 5% por aportaciones al INFONAVIT, correspondiente al mes de abril de 2010.


Contribuciones Locales

Impuesto Sobre Nóminas

Lunes 17.- Concluye el plazo para el pago del impuesto sobre nóminas por el mes de abril de 2010, a cargo de los patrones establecidos en el Distrito Federal, que cuenten con trabajadores a su servicio.   

Cualquier duda o comentario sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, favor de comunicarse al tel. 36852269 ext. 1110.
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Decreto se reformas diversos artículos de la Ley Gral. de Salud Imprimir E-Mail
Abril 27, 2010

D. O. F.

DECRETO POR  EL QUE SE REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS
DE LA LEY GENERAL DE SALUD

En el Diario Oficial de la Federación, se publico el presente Decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley General de Salud.

Se reforma el artículo 222 de la Ley General de Salud para quedar de la siguiente manera:

Artículo 222.- La Secretaría de Salud sólo concederá la autorización correspondiente a los medicamentos, cuando se demuestre que éstos, sus procesos de producción y las sustancias que contengan reúnan las características de seguridad, eficacia y calidad exigidas, que cumple con lo establecido en esta Ley y demás disposiciones generales, y tomará en cuenta, en su caso, lo dispuesto por el artículo 428 de esta Ley.

Para el otorgamiento de registro sanitario a cualquier medicamento, se verificará previamente el cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación y del proceso de producción del medicamento así como la certificación de sus principios activos. Las verificaciones se llevarán a cabo por la Secretaría o sus terceros autorizados o, de ser el caso, se dará reconocimiento al certificado respectivo expedido por la autoridad competente del país de origen, siempre y cuando existan acuerdos de reconocimiento en esta materia entre las autoridades competentes de ambos países.


La presente reforma entrará en vigor a los ciento ochenta días de su publicación.

Se otorgan noventa días a la Secretaría de Salud, para que ajuste el Reglamento de Insumos para la Salud.

Se otorgan ciento ochenta días a la Secretaría de Salud, para crear la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

Se  reforman las fracciones I, II y III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud para quedar de  la siguiente manera:

Artículo 464 Ter.- En materia de medicamentos se aplicarán las penas que a continuación se mencionan, a la persona o personas que realicen las siguientes conductas delictivas:

I.- A quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, falsificación, contaminación  o alteración de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, de sus envases finales para uso o consumo humanos o los fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones que señala esta Ley, se le aplicará una pena de tres a quince años de prisión y multa de cincuenta mil a cien mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate;

II.- A quien falsifique o adultere o permita la adulteración o falsificación de material para envase o empaque de medicamentos, etiquetado, sus leyendas, la información que contenga o sus números o claves de identificación, se le aplicará una pena de uno a nueve años de prisión y multa de veinte mil a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate, y

III.- A quien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados, contaminados o adulterados, ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar, o bien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte materiales para envase o empaque de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, sus leyendas, información que contenga números o claves de identificación, que se encuentran falsificados, alterados o adulterados, le será impuesta una pena de uno a nueve años de prisión y multa de veinte mil a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

.....


El presente entrará en vigor a los sesenta días  de su publicación.


Lic. Sandra Yarely Aguirre Marcelo


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Acdo. por el que se modifican diversos trámites ante Secre. Economía Imprimir E-Mail
Abril 22, 2010

D. O. F.

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSAS DISPOSICIONES PARA SIMPLIFICAR LOS TRÁMITES QUE APLICA LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA


Se publico el presente Acuerdo por el que se reforma y por el que se aprueban los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero y la Procuraduría Federal del Consumidor.

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Los nuevos formatos que se modifican son los siguientes:

I.     Solicitud de devolución de Impuestos de Importación a los exportadores Drawbak (SE- 03-001)
II.    Anexo estadístico para obtener un Certificado de Origen (SE-03-017-1)
III.   Registro Único de Productos Elegibles para Preferencias y Concesiones Arancelarias para la Obtención de Certificados de Origen ALADI, SGP, Acuerdo Japón y TLC Uruguay (SE-03-051)
IV.   Registro de Productos Elegibles para Preferencias y Concesiones Arancelarias para la Unión Europea (UE) y la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) (SE-03-037), y
V.    Solicitud de Registro como Empresa de la Frontera (SE-06-014), para quedar como se aprecia al final del presente instrumento.

Los formatos que se modifican mediante este Acuerdo seguirán recibiéndose en su formato anterior durante los quince días posteriores a la entrada en vigor del presente Acuerdo.

Si desean mayor información respecto al presente Acuerdo, pueden consultarlas en la Biblioteca de nuestra institución.


Lic. Sandra Yarely Aguirre Marcelo

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